Solicitud para ser Miembro del
Foro Español de Pacientes
1. ¿Qué tipo de organizaciones pueden ser Miembro?
Puede solicitar ser Miembro del Foro Español de Pacientes todas aquellas organizaciones locales, regionales o nacionales que cumplan los siguientes requisitos:
- Poseer personalidad jurídica y capacidad legal, de acuerdo con la normativa vigente referente al derecho de asociación y de las fundaciones.
- Ser una entidad sin ánimo de lucro.
- Reflejar en sus Estatutos, como fines de la entidad, la defensa de los intereses de las personas afectadas por una misma patología o un conjunto de ellas relacionadas entre sí.
- Cumplir con todos los requisitos que exija la legislación sobre el derecho de asociación o de fundaciones.
- Actuar con independencia. Consecuentemente:
- Debe gozar de autonomía institucional y decisoria respecto de cualquier instancia gubernamental o intergubernamental.
- Si ha sido creada por, o a instancias de, otra institución, debe estar legalmente diferenciada de ella y mantener una capacidad de decisión suficiente para no contravenir en ningún momento la visión y la misión del FEP.
- Disponer de un grado mínimo de estructura que implique poseer recursos, tanto humanos como económicos, siendo que los fondos económicos no han de proceder de actividades que contravengan la visión y la misión del FEP.
- Actuar con mecanismos claros y participativos de elección o nombramiento de sus cargos, promoviendo el objetivo de igualdad de oportunidades y de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad que les correspondan.
Serán miembros de pleno derecho, por lo que tendrán derecho a voz y a voto.
2. ¿Por qué ser parte del Foro Español de Pacientes?
- Ser parte de un movimiento de defensa de pacientes fuerte y unido en España con representación en Europa.
- Tener un interlocutor que transmita todas las inquietudes e iniciativas de las organizaciones de pacientes a la administración.
- Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
- Apoyo en las causas que defiende tu asociación con o sin incidencia política.
- Incrementar y mejorar las relaciones con representantes de otras asociaciones de pacientes, administración sanitaria, políticos y prensa.
- Incrementar la participación de tu asociación en grupos de discusión, eventos, comisiones y reuniones.
- Aprender de la experiencia de otras organizaciones de pacientes, compartir y aportar de la experiencia de tu organización.
- Formación gratuita y preferente para miembros de Junta Directiva y Equipo Técnico.
- Tener información de todas causas e iniciativas sobre incidencia política a nivel transversal llevada por el FEP.
- Obtener más visibilidad de la organización miembro y la patología de la que se ocupa en redes sociales y eventos.
3. Requisitos de admisión
Podrán integrarse en el FEP, aquellas organizaciones de pacientes, familiares y/o de voluntarios que lo soliciten siempre que cumplan con los principios que rigen el régimen de pertenencia de las organizaciones al FEP del punto anterior y que:
- Defiendan los intereses de los pacientes con una misma patología o un conjunto de ellas relacionadas entre sí,
- Cuenten con el aval de, al menos, dos organizaciones miembro del FEP,
- Acepten, explícitamente y por escrito, los Estatutos del FEP,
- Aporten la documentación después de cumplimentar el formulario de solicitud:
- Carta de Solicitud de ingreso firmada y en el que exprese la aceptación de los Estatutos actuales del FEP.
- Copia del Registro de la Organización de Pacientes candidata.
- Copia de los Estatutos de la Organización de Pacientes candidata.
- Última Memoria de actividades de la Organización.
- Carta indicando los integrantes de Junta Directiva y Equipo Técnico.
- Aval de dos miembros actuales del Foro Español de Pacientes.
- Hayan transcurrido un mínimo de dos años desde su inscripción en el registro correspondiente hasta la fecha de solicitud de ingreso y
- Posean una experiencia probada de dos años en uno o varios de los ámbitos de trabajo detallados en el artículo.
4. Cuota Miembro FEP
Basada en la decisión de la Asamblea Ordinaria FEP del 17 de abril de 2024, cada una de las organizaciones miembro debe realizar el pago de la cuota.
La estructura de cuotas está basada en los ingresos anuales del año previo a la celebración de la Asamblea:
- Menos de 50.000 Euros => Cuota de 50 Euros
- 50.001 Euros – 200.000 Euros => Cuota de 100 Euros
- 200.001 Euros – 350.000 Euros => Cuota de 200 Euros
- 350.001 Euros – 500.000 Euros => Cuota de 300 Euros
- 500.001 Euros en adelante => Cuota de 500 Euros
5. Proceso de solicitud
1. La petición deberá realizarse a través del siguiente formulario de solicitud.