Nos satisface confirmar que el pasado sábado se publicó en el BOE, el nuevo posicionamiento de los ANTISEPTICOS, consecuencia de la acción emprendida en 2019 por el FEP que promovió la alianza con 12 organizaciones científicas:
- Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH)
- Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene (SEMPSPH)
- Asociación Española de Urología (AEU)
- Sociedad Española de cirugía cardiotorácica y vascular (SECTV)
- Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatológica (SECOT)
- Sociedad Española de Nefrología (SEN)
- Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias (SEMICYUC)
- Sociedad Española de Hematología y Oncología Pediátricas (SEHOP)
- Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia (SEHH)
- Asociación de Buenas Prácticas en Seguridad del Paciente (ABPSP)
- Consejo Nacional de Enfermería (CGE)
- Asociación Española de Enfermería Quirúrgica (AEEQ)
Hasta el momento, los antisépticos destinados a ser aplicados en la piel, con la finalidad de limpieza higiénica y desinfección previa a un tratamiento quirúrgico o los utilizados en la zona de inyección han tenido la consideración legal de biocidas, para la higiene humana, desinfectantes y biocidas generales, con arreglo al Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre.
No obstante, se considera que los antisépticos destinados a ser aplicados en la piel, con la finalidad de limpieza higiénica y desinfección previa a un tratamiento quirúrgico o los utilizados en la zona de inyección deben tener la consideración de medicamentos y evitar las infecciones en el sitio quirúrgico y en la zona de inyección. También se hace necesaria la demás propiedades que pueden resultar perjudiciales para la salud, tales como carcinogenicidad o alteraciones endocrinas.