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Alegaciones del Foro Español de Pacientes al proyecto de Real Decreto por el que se regula la Evaluación de las Tecnologías Sanitarias

El Ministerio de Sanidad ha sometido a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se regula la evaluación de las tecnologías sanitarias. Esta consulta ha permitido al Foro Español de Pacientes (FEP) conocer los detalles de este nuevo procedimiento, cuya finalidad es mejorar la protección de la salud de los ciudadanos mediante una evaluación rigurosa de las tecnologías sanitarias.

Por ello, el pasado 17 de septiembre de 2024, el Foro Español de Pacientes ha presentado sus alegaciones, ya que el texto planteado en la norma presenta deficiencias significativas que no garantizan una participación efectiva de los pacientes, quienes son los principales destinatarios de estas tecnologías. A su vez, es esencial equilibrar el derecho a la salud con los intereses de los operadores económicos.

Con el objetivo de subsanar estas carencias y construir un sistema de evaluación equitativo y eficiente, el FEP expone los siguientes puntos imprescindibles que deberían incluirse en el Real Decreto:

  1. Definición incompleta de «Organizaciones de Pacientes»
    El FEP considera que la definición actual de «organizaciones de pacientes» es restrictiva al limitarse a mencionar únicamente a los órganos de gobierno compuestos por pacientes o sus cuidadores. El FEP propone que la definición incluya también a familiares y personas físicas o jurídicas que defienden los intereses de los pacientes, asegurando así una mayor flexibilidad y representación en los órganos evaluadores.
  2. Requisitos para los representantes de las organizaciones de pacientes
    Los representantes de los pacientes deben contar con legitimación y capacidad representativa, obtenidas a través de un registro público y oficial en el Ministerio de Sanidad. Asimismo, se deben clarificar aspectos como su experiencia, retribución y mecanismos de rendición de cuentas. Estos puntos son esenciales para asegurar que la participación de los pacientes en la evaluación de tecnologías sanitarias sea justa y efectiva.
  3. Definición de tecnologías sanitarias
    La definición de «tecnologías sanitarias» debe unificarse en todo el texto, ya que actualmente se presentan discrepancias entre la exposición de motivos y el artículo 2 del proyecto. Además, es necesario diferenciar entre productos como los medicamentos, los diagnósticos in vitro y las tecnologías quirúrgicas, debido a sus particularidades.
  4. Igualación de organizaciones de pacientes y organizaciones de consumidores
    El FEP señala que el PRD equipara a las organizaciones de pacientes con las de consumidores, lo cual es inadecuado. Los pacientes son consumidores de medicamentos y usuarios de servicios sanitarios, pero sus intereses y reclamaciones son distintas, por lo que deben considerarse de manera diferenciada.
  5. Incertidumbre sobre la eliminación de IPTs
    El PRD no aclara si los Informes de Posicionamiento Terapéutico (IPTs) se eliminan completamente o si únicamente se suprime el Plan de 2020. Es fundamental que esta cuestión se clarifique, dado el impacto de estos informes en la práctica clínica.
  6. Gobernanza de la evaluación de tecnologías sanitarias
    Los órganos de gobernanza del proceso evaluador deben seleccionar de manera objetiva e independiente a los pacientes, economistas de la salud y otros perfiles relevantes, sin depender exclusivamente de la administración pública para su designación.

El Foro Español de Pacientes insta al Ministerio de Sanidad a tener en cuenta estas alegaciones para garantizar que la voz de los pacientes sea debidamente reconocida en el proceso de evaluación de las tecnologías sanitarias. Asimismo, reitera su compromiso de colaboración con el Ministerio para lograr una norma que beneficie tanto a los pacientes como al sistema de salud.

Puedes ver el documento completo de alegaciones en el siguiente enlace:

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